La siguiente es una publicación invitada de Sebastian Heine, Director de Riesgos y Cumplimiento en Northstake.
En el panorama de las finanzas digitales en rápida evolución, la aparición de criptoactivos ha introducido desafíos y oportunidades sin precedentes para los reguladores que brindan marcos proactivos en todo el mundo. La Unión Europea es el organismo gubernamental más grande que lo ha hecho a través de la Mercados de criptoactivos regulación (MiCAR) regulación; sin embargo, ahora se encuentra en una coyuntura crítica, enfrentando la tarea de sortear las complejidades introducidas por los proveedores de servicios de criptoactivos sin custodia.
Los proveedores de servicios de criptoactivos sin custodia, que a menudo operan en la industria de las finanzas descentralizadas (DeFi), ofrecen servicios relacionados con los criptoactivos sin realmente hacerse cargo de los activos. Estos proveedores de servicios de criptoactivos representan ahora un segmento importante y en crecimiento del ecosistema de criptofinanzas, gestionando alrededor de $100 mil millones de valor bloqueado según defillama.com/.
MiCAR, que tiene como objetivo introducir un marco prudencial y de conducta comercial armonizado para los servicios de criptoactivos, define a los proveedores de CAS como personas jurídicas u otras empresas dedicadas a la prestación profesional de uno o más servicios de criptoactivos a los clientes. La regulación describe varios tipos de servicios de criptoactivos, incluida la operación de plataformas de negociación, custodia y administración de criptoactivos y asesoramiento sobre criptoactivos, entre otros.
Sin embargo, las definiciones y disposiciones actuales de MiCAR no abarcan a los proveedores de servicios de criptoactivos sin custodia. Esta omisión resalta una brecha crítica en el marco regulatorio de la UE, ya que las definiciones dentro de MiCAR y la interconexión con otras políticas regulatorias tienen el efecto de que los proveedores de servicios de criptoactivos sin custodia no están obligados a seguir las leyes AML o de sanciones y, por lo tanto, crean grandes lagunas jurídicas para los delitos financieros.
Sin la obligación de operar y cumplir con las leyes contra el lavado de dinero (AML) de la UE o el MiCAR, estas entidades operan en un espacio donde el potencial de fraude, pérdidas financieras y actividades financieras ilícitas aumenta significativamente para los inversores y consumidores.
Innovación antes que precaución
El aumento de los proveedores de servicios sin custodia en el espacio de los criptoactivos es un testimonio del espíritu innovador de las finanzas digitales. Sin embargo, esta innovación ha superado el ritmo al que se actualizan los marcos regulatorios actuales. Debido a esto, la Unión Europea, con su compromiso con la protección del consumidor y la estabilidad financiera, se enfrenta ahora a la necesidad de abordar estas deficiencias.
Un debate central es si los proveedores sin custodia deberían estar sujetos a las leyes ALD. El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) reconoce los posibles riesgos ilícitos de DeFi, mientras que la propuesta de la UE excluye a estas entidades, dejando lagunas. De manera similar, las directrices de la Autoridad Bancaria Europea (EBA) también enfatizan los riesgos AML asociados con las transacciones de los Proveedores de Servicios de Activos Cripto (CASP).
En concreto, la EBA señala los riesgos vinculados a las transacciones que implican transferencias hacia o desde direcciones autohospedadas, plataformas descentralizadas o transferencias que implican proveedores de servicios de criptoactivos que no están autorizados ni regulados.
El marco MiCAR, si bien es una piedra angular de la estrategia de la UE para la regulación de criptoactivos, se centra principalmente en los proveedores que custodian los activos de los clientes u operan dentro de modelos financieros tradicionales. Como tal, descuida una parte importante del ecosistema de criptoactivos.
Esto subraya la necesidad urgente de un marco regulatorio más completo y con visión de futuro, como MiCAR 2 y una regulación ALD actualizada. Estas exclusiones se realizaron en ese momento para reducir temas difíciles de discutir, como la regulación de DeFi, pero en última instancia solo retrasaron estas discusiones sin proporcionar un camino hacia el cumplimiento.
Trazando un camino seguro
La regulación de las criptomonedas no es un desafío exclusivo de la Unión Europea. Es un esfuerzo global que requiere colaboración internacional y armonización de estándares para gestionar eficazmente los riesgos asociados con las finanzas digitales. Los conocimientos de las organizaciones internacionales serán invaluables para afrontar los desafíos y oportunidades que presenta este sector dinámico.
Actualmente, la Comisión Europea tiene la tarea de producir un informe para evaluar las ventajas y desafíos de DeFi, lo que podría conducir a una legislación futura. Esta medida es parte de un enfoque más amplio y cauteloso para regular los sectores criptográficos emergentes, priorizando la comprensión y la evolución del mercado sobre una regulación integral inmediata.
Por lo tanto, sólo parece ser una cuestión de cuándo las plataformas sin custodia que ofrecen servicios como apuestas requerirán AML y gestión de riesgos adicionales para la protección del consumidor; sin embargo, por el momento el sistema de dos clases permanece.