Las nuevas reglas de propiedad no reclamada de moneda virtual de Maine entrarán en vigor el 29 de julio con un reloj de inactividad de cinco años, mientras que el manual de informes actual del Tesorero del Estado todavía muestra tres años. El desajuste deja a las empresas que poseen criptomonedas de clientes sin instrucciones de transición publicadas a medida que el estatuto entre en vigor.
El Capítulo 675 de la Ley Pública, aprobado el 13 de abril, crea la sección 2067-A de la Ley Revisada de Propiedad No Reclamada de Maine. La Legislatura identifica el 29 de julio como la fecha de vigencia general para las leyes que no son de emergencia aprobadas durante su Segunda Sesión Ordinaria de 2026.
La nueva sección supone que la moneda virtual fue abandonada cinco años después de la última indicación de interés de un aparente propietario. Si un titular envía correo de primera clase durante el curso normal de sus actividades comerciales, el período de cinco años corre a partir de la fecha en que la comunicación se devuelve por no poder entregarse.
Sin embargo, el Manual de informes para titulares de 2026 del Tesorero del Estado enumera la “Moneda virtual VC02 – Liquidada” con un período de inactividad de tres años. El manual refleja la LD 1969 en otros lugares al dar a las obligaciones de valor almacenado una fecha de transición del 29 de julio, pero no proporciona ningún calendario paralelo para las monedas virtuales.
El manual dice que la mayoría de los titulares, excepto las aseguradoras de vida, informan antes del 1 de noviembre. No identifica el primer ciclo de moneda virtual según la sección 2067-A ni explica cómo tratar los saldos que su tabla clasificaría como inactivos después de tres años. Si VC02 es una codificación heredada, una categoría distinta o una entrada en espera de revisión, sigue sin resolverse en la guía del titular.


Qué deben hacer los titulares según el estatuto
Para una empresa que posee criptomonedas de clientes, el deber de remesa se aplica cuando tiene claves privadas, credenciales u otra información necesaria para transferir activos presuntamente abandonados. Debe informar la propiedad y entregar la criptografía en formato nativo dentro de los 30 días anteriores a la presentación, siguiendo las instrucciones del administrador de la propiedad no reclamada. Un tenedor sin suficiente información sobre la transferencia debe retener los activos hasta que sea posible una transferencia. Los activos controlados únicamente por un propietario que utiliza su propia billetera no forman parte del proceso de transferencia a terceros descrito.
Para moneda virtual con un valor de al menos $1,000, el titular debe enviar correo certificado de EE. UU. al menos 60 días antes de la presentación cuando tenga una dirección de propietario suficiente que sus registros no identifiquen como inválida.
La liquidación no es automática. El administrador puede ordenar a un tenedor que liquide dentro de los 30 días anteriores a la presentación, rechazar ciertos activos, eximir clases por regla u ordenar otra disposición cuando la liquidación no sea razonablemente posible. Un propietario no puede recuperar las ganancias que se produzcan después de una liquidación de tenedores dirigida por el administrador.
Ese proceso de presentación previa difiere del de las criptomonedas nativas entregadas bajo custodia estatal. Por lo general, el administrador no podrá vender esos activos durante un año. Si el estado vende dentro de ese período y el propietario presenta un reclamo calificado antes de que expire el año, el estatuto permite el mayor entre el producto de la venta o el valor de mercado en el momento del reclamo, más los incrementos aplicables.
El 29 de julio no liquida ni transfiere todas las cuentas. Aún deben cumplirse las condiciones de inactividad, notificación y presentación de informes de cinco años, mientras que el manual del Tesorero deja a los titulares sin respuesta sobre el primer ciclo de informes o la transición de su entrada VC02 de tres años.



